El Crédito Fiscal para capacitación es un régimen por el cual las Micro,Pequeñas y Medianas Empresas (Mipymes) pueden capacitar a sus cuadros gerenciales y operativos, y obtener un beneficio (reintegro) de hasta el100% de los gastos incurridos.
El objetivo es que las Mipymes capaciten a sus recursos humanos, en las temáticas que consideren necesarias y recuperen los gastos en forma sencilla y rápida
Los empresarios y/o su personal pueden participar en actividades tales como: cursos, seminarios, congresos, postgrados, conferencias, diplomaturas, tecnicaturas, y toda la oferta pública de capacitación para Mipymes.
Las actividades de capacitación, incluyen la capacitación teórica y práctica y cualquier metodología conocida, cerradas o in company y las ya descriptas, actividades abiertas o públicas.
Los empresarios eligen a los docentes y las unidades capacitadoras (UCAPs) que consideren idóneas
Las empresas interesadas podrán presentar hasta 5 proyectos, de acuerdo asus necesidades hasta el 10 de diciembre.
¿Quiénes pueden ser Beneficiarias de la capacitación?
Las empresas que acrediten su condición de Mipyme de acuerdo a la disposición vigente.(Disposición24/2001 ) y que no tengan deudas fiscales y/o previsionales exigibles.
Las grandes empresas pueden ceder su beneficio para capacitar a empresasMipymes de su cadena de valor o bien de una región o sector económico de su interés. No es condición necesaria la relación comercial entre la empresa cedente y las Pymes beneficiarias.
Por mayor información:
info@educacionit.com.ar
Tel: 011 - 43280457